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domingo, 5 de mayo de 2013

PREVENCIÓN DEL DELITO


En el campo criminológico también se aplica el viejo aforismo: "Es mejor prevenir que curar." Frase que corresponde a los higienistas. Lógicamente la desaparición de un hecho sólo es posible eliminando las causas que lo producen, lo que implica, el reconocimiento de tales causas. Así, para la erradicación del cáncer es indispensable descubrir la oncogenes que lo origina, con razón se ha dicho que el mal se cura en su raíz.

Según esta teoría la pena debe de actuar no sobre el individuo, sino sobre toda la colectividad; es decir, actuar sobre el indeciso y lograr que desista de su propósito delictual viendo en otros su posible situación.

Presenta dos aspectos que señalaremos brevemente: uno negativo por su carácter intimidatorio, y el otro positivo que busca la conservación y la confianza en la ejecución del ordenamiento jurídico.

La prevención especial busca impedir la reiteración de comportamientos criminales o derivados y tiene como destinatario a la población recluida con un objetivo preciso: impedir la repetición delincuencial con programas de reeducación, readaptación y reincorporación positiva a la sociedad, que se lleva a cabo en el ámbito penitenciario. Doctrinariamente significa una intervención tardía, porque ya se cometió el delito; parcial, porque sólo se atiende al preso; e insuficiente, porque no neutraliza las causas del problema criminal.

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